Plan Colectivo de Pensión Voluntaria

Es un plan de ahorro voluntario en el que tanto el trabajador como el patrono aportan mensualmente un porcentaje sobre el salario del trabajador en una cuenta individual de plan de pensión voluntaria a nombre del trabajador. Dicho aporte puede ser en colones o en dólares.

  • Ahorro, pues le permite deducir hasta un 10% de lo aportado sobre sus ingresos brutos del cálculo del impuesto sobre la renta y de las cargas sociales.
  • Permite anticipar el retiro del régimen de IVM hasta cumplir con las condiciones de jubilación previstas por el sistema.
  • La cuenta es inembargable, ni podrá ser cedida, gravada o enajenada.
  • Le ofrece una póliza colectiva de vida con costos de primas menores que las pólizas personales.



Si el ingreso bruto mensual es de ¢750.000, podrá destinar al ahorro en su pensión y utilizar como beneficio fiscal hasta un 10% de ese ingreso (¢75.000). De esta forma ahorra en el plan voluntario ¢75.000 y paga su impuesto de renta sobre un salario bruto de ¢675.000 y no sobre ¢750.000.

  • Firma del Convenio Colectivo con la empresa.
  • Firma del contrato individual.
  • Fotocopia de la cédula o pasaporte o cédula de residencia vigente.
  • Presentar orden patronal en caso de ser trabajador asalariado.
  • Firma de la boleta de autorización de planilla.
  • Firma de la boleta de autorización para el reporte a Sicere del art. 71.

Para su seguridad, una copia del contrato quedará en el expediente del cliente en la empresa y otra, en IBP Pensiones.



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