Plan Colectivo de Pensión Voluntaria
Es un plan de ahorro voluntario en el que tanto el trabajador como el patrono aportan
mensualmente un porcentaje sobre el salario del trabajador en una cuenta individual
de plan de pensión voluntaria a nombre del trabajador. Dicho aporte puede
ser en colones o en dólares.
- Ahorro, pues le permite deducir hasta un 10% de lo aportado sobre sus ingresos brutos
del cálculo del impuesto sobre la renta y de las cargas sociales.
- Permite anticipar el retiro del régimen de IVM hasta cumplir con las condiciones
de jubilación previstas por el sistema.
- La cuenta es inembargable, ni podrá ser cedida, gravada o enajenada.
- Le ofrece una póliza colectiva de vida con costos de primas menores que las
pólizas personales.
Si el ingreso bruto mensual es de ¢750.000, podrá destinar al ahorro
en su pensión y utilizar como beneficio fiscal hasta un 10% de ese ingreso
(¢75.000). De esta forma ahorra en el plan voluntario ¢75.000 y paga su
impuesto de renta sobre un salario bruto de ¢675.000 y no sobre ¢750.000.
- Firma del Convenio Colectivo con la empresa.
- Firma del contrato individual.
- Fotocopia de la cédula o pasaporte o cédula de residencia vigente.
- Presentar orden patronal en caso de ser trabajador asalariado.
- Firma de la boleta de autorización de planilla.
- Firma de la boleta de autorización para el reporte a Sicere del art. 71.
Para su seguridad, una copia del contrato quedará en el expediente del cliente
en la empresa y otra, en IBP Pensiones.