1. Recordatorio General para Liquidaciones
- Indicar en el sistema la forma de pago de la liquidación en forma correcta, si se van a realizar pagos de liquidaciones a bancos externos se debe indicar la cuenta cliente del afiliado y no indicar en observaciones otra forma de pago, esto para no confundir la forma de pago correcta
- Elegir el motivo y la sucursal correctamente al realizar una liquidación.
- El tiempo de las liquidaciones para FCL es de 15 días hábiles.
- El tiempo de retiro para ROP es de 90 días naturales, este plazo aplica para los afiliados que se pensionaron después del 18 de febrero de 2010 y los afiliados que no se pensionen y opten por el retiro del ROP por alcanzar la edad de 65 años.
- El tiempo de retiro para las liquidaciones voluntarias de afiliados mayores a 57 años son 10 días hábiles y para voluntarias menores de 57 años son 45 días hábiles.
- Para pagos de FCL en efectivo se deben enviar los requisitos completos y su respectivo comprobante de pago.
- Aquellos afiliados que ejercieron la libre transferencia y cumplieron los cinco años de continuidad laboral en la operadora de proveniencia, no podrán efectuar el retiro del FCL en efectivo y el trámite se realizará en 15 días hábiles.
- La suscripción de los formularios de solicitud de la pensión complementaria es personal, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas, donde podrá realizarse a través de un apoderado especial. El mandato podrá ser otorgado en documento privado debidamente autenticado por notario. El documento original donde conste el poder deberá adjuntarse al formulario. En caso de que la gestión la realice un apoderado general o generalísimo, deberá adjuntarse a la solicitud una certificación original expedida por el Registro Público Nacional o por Notario Público donde conste que el apoderado posee facultades suficientes para el acto.
2. Liquidación del Fondo de Capitalización Laboral (FCL)
2.A Extinción de relación laboral:
· Para nacionales, copia por ambos lados de cédula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· En caso de extranjeros, copia por ambos lados de la cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original”, si está vencido presentar certificación de status migratorio.
· Solicitud de liquidación firmada por el cliente.
· Documento emitido por patrono que haga constar el cese de la relación laboral, con sello, firma y membrete.
· Para patrón físico presentar copia de cedula del patrono y carta emitida por este indicando el rompimiento de la relación laboral.
· Se puede liquidar con “estado de aportaciones” de la CCSS vigente, tomando en cuenta solamente los patronos de dos meses atrás.
En caso de liquidación por periódos, debe presentar carta del patrono donde indique las fechas de los periódos laborados.
Ej. (Si en el Estado de aportaciones de la CCSS indica que el ultimo aporte fue en julio no deben de aparecer aportes ni en agosto ni en setiembre para poderlo liquidar).
Nota: Las cartas de renuncia, cartas donde se indica que es por cesantía o que esta haciendo preaviso, incluso el detalle de cuotas de la CCSS para liquidación de FCL NO SE ACEPTAN
2.B Liquidaciones de FCL por quinquenio (cada 5 años):
· Para nacionales, copia por ambos lados de cédula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· En caso de extranjeros, copia por ambos lados de cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta, si esta vencida presentar certificación de status migratorio.
· Solicitud de liquidación firmada por cliente.
· Es necesaria la carta de la empresa solo en caso de modificación de cuotas o de patronos con varias razones sociales las cuales se deben especificar en el documento, el mismo debe estar firmado, sellado y membretado por la empresa.
Nota: El tiempo efectivo para retirar su Fondo de Capitalización Laboral por quinquenio son 5 años y un mes, ya que se empieza acontar por mes cumplido). Si el cliente se trasladó despues de cumplido el quinquenio y no lo retira en OPC anterior, la liquidación debe ser por transferencia electrónica y no en efectivo.
2.C FCL Por Fallecimiento:
· Consignación de Prestaciones del Juzgado que indique: quien lo promueve o cual es el beneficiario, número de expediente, cuenta, firma del Juez, fondo a liquidar, cuenta y sello del juzgado.
· El dinero del FCL se remite al juzgado donde se emitió la Consignación de Prestaciones y el juzgado hace entrega de los recursos.
2.D FCL por Pensión o Invalidez:
· Para nacionales, copia por ambos lados de cedula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· En caso de extranjeros, copia por ambos lados de cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· Solicitud de liquidación firmada por cliente.
· Constancia de CCSS o su Régimen Sustituto que certifique que el afiliado recibe pensión.
Nota: En caso de invalidez se necesita certificación emitida por la CCSS o régimen sustituto donde se indique que recibe pensión por este motivo.
3. Liquidación del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP)
3.A Pensión o Invalidez:
· Para nacionales, copia por ambos lados de cedula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· En caso de extranjeros, copia por ambos lados de la cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta. Si está vencida presentar certificación de status migratorio.
· Solicitud de liquidación firmada por cliente.
· Constancia de CCSS o su Régimen Sustituto que certifique que el afiliado recibe pensión.
· Si el afiliado es mayor de 65 años y no se le aprueba la pensión, debe presentar la proyección emitida por CCSS ó su régimen sustituto para proceder con el trámite.
· Llenar formularios con los datos requeridos para la pensión, solicitud de pensión complementaria y cambio de modalidad de pensión complementaria..
Nota1: En caso de que la certificación empiece a regir antes del 18 de Febrero del 2010, no necesita llenar formularios y dura 15 días hábiles.
Nota2: La certificación del Régimen Básico con la declaratoria de pensionado deberá contener:
a. El nombre completo, número de identificación del afiliado, en forma clara y legible y fecha de emisión de la certificación.
b. La declaración en firme del derecho a la pensión o jubilación.
c. La fecha exacta a partir de la cual el trabajador inicia el disfrutede la pensión y su monto.
d. Contar con la firma del funcionario autorizado por el Régimen Básico para este tipo de trámite, la cual puede ser de puño y letra o firma digital, si así estuviera establecido por el Régimen que la expide.
La certificación deberá ser legible y no deberá contener alteraciones de ninguna naturaleza.
3.B Fallecimiento:
§ Para nacionales, copia por ambos lados de cédula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
§ En caso de extranjeros, copia por ambos lados de cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta. De estar vencida adjuntar ceritificación de status migratorio.
§ Solicitud de liquidación firmada por los beneficiarios mayores de edad.
§ Constancia de CCSS donde indica los beneficiarios y porcentajes a recibir cada uno.
§ Para beneficiarios menores de edad, constancia de nacimiento.
§ Certificación de pensión por muerte donde indique el monto que recibe el beneficiario.
§ Los beneficiarios deben adjuntar el numero de cuenta (deben ser cuentas propias).
§ Llenar formularios (solicitud de pensión complementaria y cambio de modalidad de pensión complementaria).
§ Acta de defunción.
Nota1: En caso de no existir beneficiarios en el Régimen, adjuntar certificación que lo indique y se procederá con lo que indique el contrato. Los beneficiarios deben de esperar un año después de la muerte del afiliado para realizar el trámite.
Nota2: En caso de no existir beneficiarios en el Régimen, ni en el contrato, el trámite se deberá realizar or medio de proceso sucesorio con el juzgado.
4. Liquidación de Pensión Voluntaria (Colones o Dólares)
4.A Liquidación parcial o total para afiliados mayores de 57 años:
· Para nacionales, copia por ambos lados de cedula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· En caso de extranjeros, copia por ambos lados de cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta. Adjuntar certificación de status migratorio en caso de estar vencido.
· Solicitud de liquidación firmada por el cliente.
Nota: Ley 7983 no permite retiros parciales
4.B Fallecimiento:
· Para nacionales, copia por ambos lados de cédula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· En caso de extranjeros, copia por ambos lados de cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta. Adjuntar certificación de status migratorio.
· Solicitud de liquidación firmada por los beneficiarios.
· Acta de defunción.
· Copia de constancia de nacimiento en caso de beneficiarios menores de edad.
· Copia de cédula de identidad para beneficiarios mayores de edad.
· Los beneficiarios deben adjuntar el numero de cuenta (deben ser cuentas propias).
· Los beneficiarios son los que el cliente había designado en su contrato, de no existir en este, se tramitará con proceso sucesorio.
4.C Liquidación parcial o total para afiliados menores de 57años:
· Para nacionales, copia por ambos lados de cedula de identidad vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· En caso de extranjeros, copia por ambos lados de cédula de residencia o pasaporte vigente, con sello de “confrontado contra original” y nombre de quien confronta.
· Solicitud de liquidación firmada por el cliente.
· Declaración jurada para cálculo de incentivos fiscales disfrutados por aportes al régimen (formulario D-407) y adjuntar documentos según sea el caso de cada afiliado (Detalle de salario, cartas, entre otros):
Ø Asalariado que no haya disfrutado de los beneficios fiscales:
ü Declaración jurada (Formulario D-407).
ü Certificación de los patronos que haga constar el no disfrute del incentivo.
Ø Asalariado que ha disfrutado de los beneficios fiscales:
ü Declaración jurada (Formulario D-407).
ü Certificación de los patronos en que se detalle el monto de los salarios devengados, deducciones aplicadas por aportes al fondo de pensiones complementarias, créditos familiares e impuesto retenido, para cada uno de los meses que haya disfrutado del incentivo.
Ø Personas físicas con actividades lucrativas que han disfrutado de los beneficios fiscales:
ü Declaración jurada (Formulario D-407).
ü Copia de la Declaración de impuesto sobre la renta, formulario D-101, reportando anualmente, en el que se indica el modo de la exención o incentivo fiscal disfrutado durante el período de acumulación de su cuenta de ahorros.
Ø Afiliados que no sean asalariados ni personas físicas con actividades lucrativas
ü Declaración jurada (Formularios D-407).
ü Declaración jurada en la que indique el origen de los aportes efectuados.
ü Declaración jurada del origen de los aportes.
ü Certificación de aportes de la OPC.
5. Gestiones de Servicio al Cliente para el Fondo de Capitalización Laboral (FCL)
5.A Constancia de contrato, certificación de aportes y cambio de beneficiarios:
Documentos para solicitar la gestión:
ü Copia de la cédula de identidad por ambos lados, confrontadas contra el original.
ü Boleta de Gestión (se debe de indicar el nombre del plataformista y su dirección electrónica, además se debe de anotar el nombre de la sucursal en donde el afiliado desea se le entregue el documento).
5.B Modificación de cuotas para retiro por quinquenio:
Para realizar este trámite, favor comunicarse con el Call Center al número de teléfono 2284-9600 y uno de los agentes le realizará la gestión para poder incluir la solicitud de retiro, si el cliente lo solicita.
5.C Verificar si cumple para realizar libre transferencia:
Para realizar este trámite, favor comunicarse con el Call Center al número de teléfono 2284-9600 y uno de los agentes les brindará la información requerida.
5.D Actualización de Datos:
Documentos para solicitar la gestión:
ü Copia de la cédula de identidad por ambos lados, confrontada contra el original.
ü Copia de la orden patronal.
ü Boleta de Gestión (se debe de indicar el nombre del plataformista y su dirección electrónica, para notificar cuando la gestión este resuelta).
6. Gestiones de Servicio al Cliente para el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP)
6.A Certificación de afiliación al Régimen Obligatorio.
Documentos para solicitar la gestión:
· Copia de la cédula de identidad por ambos lados, confrontada contra el original.
· Boleta de Gestión (se debe de indicar el nombre del plataformista y su dirección electrónica, además se debe de anotar el nombre de la sucursal en donde el afiliado desea se le entregue el documento).
7. Gestiones de Servicio al Cliente para el Plan Voluntario de Pensiones
7.A Modificación de aportes.
Documentos para solicitar la gestión:
· Copia de la cédula de identidad por ambos lados, confrontada contra el original.
· Boleta de Gestión (se debe de indicar el nombre del plataformista y su dirección electrónica, para notificar cuando la gestión esta resuelta).
7.B Adenda cambio de beneficiarios, constancia y certificación de contratos, certificación de exoneración artículo 71 y cambio de moneda (colonización o dolarización).
Documentos para solicitar la gestión:
· Copia de la cédula de identidad por ambos lados, confrontada contra el original.
· Boleta de Gestión (se debe de indicar el nombre del plataformista y su dirección electrónica, además se debe de anotar el nombre de la sucursal en donde el afiliado desea se le entregue el documento).
7.C Boleta de autorización para cargos automáticos a cuentas de HSBC y Scotiabank.
Documentos para solicitar la gestión:
· Copia de la cédula de identidad por ambos lados, confrontada contra el original.
· Boleta de autorización para cargos automáticos (se debe de indicar el nombre del plataformista y su dirección electrónica, para notificar cuando la gestión esta resuelta).
NOTA: En caso de cargo a tarjetas de crédito (VISA) adjuntar copia de la tarjeta.
7.D Orden de domiciliación para rebajos a cuentas:
Documentos para solicitar la gestión:
· Copia de la cédula de identidad por ambos lados, confrontada contra el original.
· Boleta de orden de domiciliación para rebajos a cuentas (se debe de indicar el nombre del plataformista y su dirección electrónica, para notificar cuando la gestión esta resuelta).
Para todas las gestiones anteriores, los documentos deben ser dirigidos a Servicio al Cliente, para la confección, notificación al cliente y envió respectivo a la sucursal.